jueves, 4 de junio de 2015

La Ley D´Hondt en las municipales isleñas


El pasado domingo 24, el PP de Isla Cristina, necesitó 471 votos para cada concejal obtenido. En cambio, la A.E. Ciudadanos Por Isla, sólo necesitó 374 votos para cada uno de sus concejales electos.

De otro lado, el PIF, fue el partido más votado, con 2.388 votos, obteniendo seis concejales, mientras que en las elecciones de 2.011, con 2.394 votos, fue la segunda fuerza política, consiguiendo cinco concejales. Ahora, al PIF, para concejal, ha necesitado 398 votos, en 2.011 necesitó 468.

Estos bailes, estas aparentes rarezas tienen su explicación en la regla que marca el sistema electoral español, que utiliza la llamada Ley D'Hondt. Es un sistema electoral de cálculo proporcional que divide el número de votos emitidos para cada partido entre el número de cargos electos con los que cuenta cada circunscripción.

En definitiva, que el número de concejales, depende del número de votos EMITIDOS, y el número de CONCEJALES A ELEGIR. Lo segundo no ha cambiado en estas dos convocatorias de elecciones, en Isla Cristina se eligen 21 concejales, así que la cuestión pasa por el número efectivo de votantes y el reparto de votos entre las distintas fuerzas electorales.

Respecto a lo primero, el número de votantes, la explicación es obvia. En 2.015 han sido 991 menos los votantes, el 6,75% menos del electorado. Al haber menos papeletas emitidas para el mismo número de puestos, cada voto, pesa más. Ya sabemos el por qué del interés en el voto por correo de las últimas semanas, por ejemplo.

Una vez que se tienen los votos emitidos, se sigue el siguiente proceso: se ordenan de mayor a menor los votos obtenidos por las candidaturas que hayan conseguido al menos el 5% de las papeletas. Posteriormente, se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura entre 1, 2, 3... hasta un número igual al de escaños correspondientes al ayuntamiento, en el caso de Isla Cristina, 21. Los concejales se asignan a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores, atendiendo a un orden decreciente.

Imaginemos, como ejemplo teórico, un ayuntamiento con cinco concejales y donde hay tres partidos que han conseguido más del 5% de los votos válidos emitidos. Hay que dividir el número de votos que ha obtenido cada partido por 1, 2, 3, 4 y 5. Tendríamos así 15 cocientes, y de todos ellos los que obtienen escaño son los cinco cocientes más altos.

El debate sobre la idoneidad del sistema, adoptado en la transición en España, está abierto desde hace años. Con el Método D´Hondt, en general, los beneficiados son los partidos mayoritarios y los perjudicados, los pequeños. Se ha comprobado como en muchos casos ha favorecido las mayorías absolutas. Cuando son numerosas e igualadas las candidaturas, pueden producirse importantes paradojas como las que enunciábamos al principio.

El resultado ha sido que, curiosamente, en Isla Cristina, el pasado domingo, la Ley d´Hont ha favorecido a una formación minoritaria, la A.E. Ciudadanos Por Isla, y ha perjudicado al PSOE-A que, por dos, casi simbólicos votos no ha obtenido un concejal más.

Con un escenario multipartidista, se hace necesario, ante todo mejorar la participación, en demasiadas ocasiones, los partidos sabedores que sólo cuentan los votos emitidos no hacen un llamamiento suficiente a la participación; además, se hace necesario buscar fórmulas que atiendan a las circunscripciones territoriales. Quizá el sistema proporcional directo anglosajón no sea tampoco el idóneo, pero si es necesario reconocer que el Método D´Hondt español diseñado hace treinta años, ya no es válido, no refleja, en demasiados casos, una imagen fiel del pronunciamiento del electorado.

En cualquiera de los casos, los votos del pasado domingo están emitidos, los concejales asignados y lo que ahora necesita Isla Cristina, y el resto de municipios, son gobiernos solventes que trabajen por el mejor futuro desde los Ayuntamientos.

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